La Conciliación , ¿Qué es?

Al surgir un conflicto, hay varias formas de arreglarlo, una de ellas Es la Conciliación, la cual fue creada por la ley, y consiste en que dos o más personas solucionan directamente sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral, denominado conciliador.

¿Dónde se puede llevar a cabo una conciliación?

La ley facultó a las Cámaras de Comercio para crear Centros de Conciliación y Arbitraje donde cualquier persona puede acudir para intentar arreglar las diferencias con otra u otras. El funcionamiento de estos Centros debe estar autorizado por el Ministerio de Justicia y del Derecho, quien avala igualmente a los conciliadores que deben estar capacitados para ejercer esta función.

¿Qué asuntos pueden resolverse a través de la conciliación?

Pueden ser sometidos a conciliación, todos los asuntos susceptibles de ser transados o arreglados directamente es decir, cuya solución dependa directamente de las partes y además que puedan ser desistibles. Puede haber conciliación en materia laboral, de familia, civil, contencioso administrativa, comercial, agraria policiva y penal, siempre y cuando en esta área del derecho, el asunto además de transigible pueda ser desistido para poner fin totalmente la acción penal.

¿Cómo se solicita la conciliación?

Debe presentarse una solicitud escrita por cualquiera de las partes o por ambas, la cual debe contener, el nombre, dirección y teléfono de cada una, una relación de los hechos que están originando la controversia, y lo que se pretenda por parte del solicitante con una estimación económica o con la manifestación de que su pretensión carece de valor.

¿Cuál es el procedimiento de una conciliación?

Una vez recibida la solicitud de conciliación, se radica y se le asigna a un conciliador, se le señala fecha y hora para la audiencia y se envían las invitaciones a las partes con el fin de que las mismas asistan a la citada Audiencia.

Llegado el día y hora programado para la audiencia, se espera que ambas partes asistan, se les indica en que consiste la Conciliación, se fijan las reglas de intervención en la audiencia. En la misma, el conciliador actúa como un tercero neutral, no adopta decisiones y en caso de llegarse a un acuerdo, verifica la legalidad del mismo y lo deja plasmado en un Acta de Conciliación.

¿Qué efectos tiene la conciliación?

Cuando se logra acuerdo, los efectos que produce el Acta de Conciliación, son los mismos de una sentencia, es decir, presta mérito ejecutivo, lo cual significa que si una de las partes incumple alguna de las obligaciones establecidas en el Acuerdo, la otra puede iniciar un proceso ejecutivo a fin de que un Juez ordene el cumplimiento del acuerdo conciliatorio. También hace Tránsito a Cosa Juzgada, esto significa que si las partes llegaron a un acuerdo conciliatorio, no pueden acudir a ninguna otra instancia judicial, por cuanto la controversia quedó resuelta definitivamente con el citado acuerdo.

¿Qué sucede si no hay acuerdo conciliatorio?

Si en desarrollo de la audiencia las partes no logran acuerdo, por cualquier circunstancia, se les expedirá una Constancia del No Acuerdo.

En el evento en que alguna de las partes adelante un proceso judicial por los mismos hechos, puede presentar ante el juez esa constancia de No Acuerdo, con el fin de que en el curso del proceso judicial, no se adelante nuevamente dicha etapa procesal y por ende se le dé agilidad al mismo.

¿Qué sucede si una parte no asiste a la audiencia?

Si alguna de las partes no asiste a la audiencia y no se excusa, se expedirá una constancia de su inasistencia y se le entregará a quien si asiste a la audiencia.

Dicha constancia sirve para que, en el evento de que se adelante un proceso judicial por los mismos hechos, se haga valer como un indicio grave en contra de quien no asistió a la audiencia, el cual se aplicará a las pretensiones, en el evento en que formule una demanda, o en contra de las excepciones, en el evento en que conteste una demanda.

¿Cuánto cuesta una conciliación?

Las tarifas aprobadas por el Ministerio de Justicia y del Derecho que maneja el Centro de Conciliación Arbitraje, son graduales y acumulativas, lo cual significa que se establecen unos porcentajes de liquidación, diferenciados en razón de unos rangos de cuantía, los cuales deber ser liquidados y acumulados en su resultado, para obtener el valor del servicio. Estas consagran los gastos administrativos del centro, que cubre los costos de correspondencia, servicios públicos, salas de conciliación y los honorarios del conciliador .